miércoles, 1 de septiembre de 2010

Ayudas para financiar gastos de transporte y residencia del alumnado

Fecha de publicación:
13 de agosto de 2010
Objeto:
Concesión directa de ayudas para financiar gastos de transporte y residencia del alumnado que curse bachillerato, programas de cualificación profesional inicial, ciclos formativos de grado medio o superior o enseñanzas artísticas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o enseñanzas artísticas en Escuelas de la Comunidad de Castilla y León durante el curso 2010/2011.
¿Quién lo puede solicitar?:
Estudiantes de bachillerato, cualificación inicial, ciclos formativos de grado medio o superior o enseñanzas artísticas
¿Qué requisitos debo cumplir?:
Para ser beneficiario de ayuda al estudio destinada a financiar GASTOS DE TRANSPORTE será necesario reunir los siguientes requisitos: a)-Estar matriculado, en el curso académico 2010-2011, en alguno de los centros y estudios siguientes: 1.º – En centros públicos de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León cursando:
– Bachillerato. – Formación Profesional. – Programas de Cualificación Profesional Inicial. – Enseñanzas Artísticas. 2.º – En otros centros, cursando:
– Estudios superiores de arte dramático en la Escuela Superior de Arte Dramático de Castilla y León. – Estudios superiores del vidrio en la Escuela Superior del Vidrio de la Real Fábrica de Cristales de La Granja. – Enseñanzas elementales o profesionales de danza en la Escuela Profesional de Danza de Castilla y León. b)- Tener residencia y domicilio fiscal familiar en la Comunidad de Castilla y León. c)- Solicitar beca o ayuda al estudio, para los mismos estudios y curso académico, con cargo al programa de becas y ayudas a estudiantes del Ministerio de Educación , reuniendo los requisitos generales y de carácter académico que establece la convocatoria por la que participa. Este requisito no se exigirá a los alumnos que cursen enseñanzas no comprendidas en tal programa, que deberán reunir los requisitos de carácter general que establezcan las convocatorias estatales, y los requisitos académicos que establezca la convocatoria autonómica. d)- No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la expedición de un título del mismo o superior nivel al correspondiente a las enseñanzas para las que solicita la ayuda. e)- No contar en su localidad de residencia con un centro , de los comprendidos en el apartado a), que oferte las mismas enseñanzas que se van a cursar y estar, por tanto, escolarizado en el centro educativo más cercano a su domicilio, dentro de la zona que en su caso le corresponda. No obstante, se podrá ser beneficiario de ayuda para transporte sin darse este requisito cuando no pueda hacerse uso de ese centro por la imposibilidad de contar con otros horarios lectivos o si el domicilio familiar se encuentra a más de dos kilómetros del núcleo de población donde esté ubicado el centro de escolarización que en su caso le corresponda, y se considere, por parte de la Dirección Provincial de Educación, necesario el transporte hasta el centro educativo o hasta la parada más próxima de ruta escolar organizada por la Administración. f)- No contar en su localidad de residencia con servicio de transporte escolar contratado por la Consejería de Educación o, contando con él, no poder hacer uso del mismo, siempre que la Dirección Provincial de Educación lo considere conveniente. Para ser beneficiario de ayuda al estudio destinada a financiar GASTOS DE RESIDENCIA s erá necesario, además de los anteriores, reunir los siguientes requisitos: a)- Acreditar la necesidad de residir fuera del domicilio familiar , bien por razón de la distancia o por la dificultad o excesiva duración del desplazamiento en los medios de transporte existentes. b)- Reunir los requisitos que, para la obtención del componente de residencia, se establezcan en la convocatoria estatal por la que participe . En el caso de estudios que no tengan previsto ese componente en la convocatoria estatal, no se podrá ser beneficiario de ayuda de residencia.
¿Qué documentos necesito?:
- Solicitud de convocatoria que se formalizará conforme al modelo que se encuentra disponible en el portal de educación (educa.jcyl.es) La solicitud incluirá la declaración responsable del solicitante, padre, madre o representante legal del alumno de la aceptación de las bases y convocatoria, de la veracidad de los datos incluidos en la solicitud, de no hallarse el solicitante incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social , de acuerdo con lo establecido en el Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de dichas obligaciones en materia de subvenciones. El solicitante podrá autorizar a la Consejería de Educación el envío de mensajes de texto referentes al proceso de tramitación al teléfono móvil que se indique en la solicitud.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Desde el 5 de agosto de 2010 hasta el 29 de octubre de 2010
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
• Preferentemente en la Secretaría del Centro donde vayan a seguir sus estudios , durante el curso 2010/2011.

2 comentarios:

  1. Hola Ayla!!

    ¿Esta ayuda ha salido publicada en algún boletin???

    Gracias!!

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  2. Hola, te voy a dejar un enlace dónde te puedes informarte más. Esta ayuda es oficial.
    Este es el enlace:
    http://www.educa.jcyl.es/educacyl/cm/educacyl/tkContent?pgseed=1191596057843&idContent=55915&locale=es_ES&textOnly=false

    Si tienes algún problema con el enlace, puedes entrar en educa.jcyl.es.

    Un saludo.
    Ayla

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