martes, 14 de septiembre de 2010

Revisiones oficiales de gas butano

Según se establece en el Real Decreto 1085/1992 de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad de Distribución de Gases Licuados del Petróleo, todos los titulares de contrato de suministro de GLP envasado (butano) tienen la obligación de revisar la instalación. Para ello, pueden solicitar los servicios de un instalador autorizado o de las agencias distribuidoras de la empresa suministradora. Cualquier usuario que reciba la visita de un instalador de gas no está obligado a aceptar el servicio, ya que tiene derecho a elegir otra empresa autorizada.

En estas revisiones, el técnico autorizado debe sustituir en plazo todos los elementos de la instalación (entre ellos las gomas) que tengan fecha de caducidad. Otros, como el regulador y las abrazaderas, aunque no caducan, se pueden deteriorar, por lo que también deben sustituirse.

Puesto que el pago de esta revisión corresponde al usuario, antes de iniciar la misma, conviene que solicite información sobre las tarifas que deberá abonar y compararlas con las de otras empresas.

La empresa que revise la instalación debe entregar al propietario de la vivienda un "Certificado de revisión periódica", además de una factura detallada del trabajo realizado. Esta factura se debe guardar junto con las piezas sustituidas, ya que en caso de reclamación servirán como prueba del servicio recibido.

Fuente: Eroski Consumer

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