miércoles, 14 de septiembre de 2011

AYUDAS PÚBLICAS POR PENSIONES ALIMENTICIAS IMPAGADAS


FONDO DE GARANTÍA DEL PAGO DE ALIMENTOS
Es un Fondo público, a través del cual el Estado garantiza a los hijos menores de edad, y a los mayores incapacitados, el pago de los alimentos reconocidos en virtud de resolución judicial o convenio judicialmente aprobado, por un Tribunal español, cuando los mismos estén impagados.
La ayuda se concreta en una cantidad económica que se abona por el Fondo en concepto de anticipo.
BENEFICIARIOS
- Los menores de edad ( y mayores con un grado de discapacidad igual o superior al 65%) españoles o nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea residentes en España, titulares de pensión alimenticia impagada, que formen parte de una unidad familiar cuyos ingresos no superen cierto límite.
- Los nacionales de otros Estados pueden ser beneficiarios, cumpliendo las mismas condiciones, si residen legalmente en España y el Estado al que pertenecen reconoce anticipos análogos a los españoles en su territorio.
CARACTERÍSTICAS DE LOS ANTICIPOS
- CUANTÍA: 100€ mensuales por cada beneficiario, salvo que la resolución judicial fije una cantidad mensual inferior, en cuyo caso se abonará el importe fijado por la resolución judicial.
- PLAZO MÁXIMO DE PERCEPCIÓN: 18 meses, ya sea de forma continuada o discontinua.

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