domingo, 24 de octubre de 2010

Deducción por alquiler: aprovéchela

Son muchos los inquilinos que no aprovechan la deducción fiscal a la que tienen derecho: normalmente, se trata de personas que no están obligadas a presentar la declaración del IRPF. Sin embargo, si lo hicieran, podrían recuperar parte del dinero que pagan por su alquiler. Y aún están a tiempo.

Los inquilinos de viviendas con derecho a desgravación fiscal dejaron de deducirse más de 360 millones de euros por el alquiler de su vivienda habitual, según informa el sindicato de Técnicos Del Ministerio de Hacienda (Gestha). Esta falta de deducción supone perder de media, para cada beneficiario, casi 360 euros. ¿Y por que no se aprovecha la deducción? Pues el principal motivo es que los beneficiarios no suelen estar obligados a presentar la declaración, y generalmente no lo hacen.

No están obligados a declarar
Una de las condiciones que establece la ley para estar exento de presentar la declaración es tener unos rendimientos íntegros del trabajo que no superen los 22.000 euros al año. Y precisamente, para poder beneficiarse de la deducción por alquiler, hay que:
- Tener una base imponible inferior a 24.020 euros al año.
- Presentar la declaración del IRPF
- Hacer constar en la declaración el NIF del arrendador.

Puede recuperar su dinero
Si teniendo derecho a la deducción no la ha aprovechado, aún está a tiempo de hacerlo. La deducción por alquiler se introdujo en el año 2008. Así que simplemente debe calcular su declaración de los años 2008 y 2009 teniendo en cuenta la deducción y, si pagó de más u obtuvo una devolución inferior a la que le hubiera correspondido, podrá presentar a Hacienda una solicitud de devolución de ingresos indebidos por cada uno de los años en los que se olvidó incluir la deducción.

Para recordar…
No estar obligado a declarar no significa no pagar impuestos, por lo que no debe despreocuparse y estar atento a las posibles deducciones u otros beneficios fiscales a los que pudiera tener derecho.
Es conveniente que no se limite a firmar el borrador: revíselo, pues puede contener errores que le perjudiquen.

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