lunes, 16 de enero de 2012
CURSO DE MONITOR DE TIEMPO LIBRE
Título Oficial de la Junta de Castilla y León (1)
1. Imparte
Escuela Municipal de Animación Juvenil y Tiempo Libre del Ayuntamiento de Ponferrada
2. Requisitos de acceso.
Tener 18 años cumplidos y poseer como mínimo el Graduado Escolar o el Graduado en Enseñanza Secundaria.
3. Etapas formativas.
Para obtener la titulación es necesario completar la fase teórica y la fase práctica.
Fase Teórica. Tiene una duración de 150 horas (128 presenciales y 22 telemáticas) y se impartirá los días 17, 18, 19, 24, 25 y 31 de marzo, 1, 5, 6, 7, 8, 14, 15, 21, 22 y 23 de abril de 2012, en horario de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 20:00 h. (2)
Fase Práctica. Tiene una duración de 150 horas. Se debe realizar en un campamento, marcha volante o ruta, albergue o campo de trabajo con una duración mínima de 10 días o bien durante un período, no inferior a un trimestre, en actividades de tiempo libre continuadas. (3)
Una vez superadas ambas fases el alumno recibirá el Titulo Oficial de “MONITOR DE TIEMPO LIBRE”, de la Junta de Castilla y León.
4. Nº de Alumnos.
Máximo: 30
Mínimo: 10
5. Matrícula
Precio: 200 €, incluye profesorado, material, seguro de RC y accidentes, tramitación de las prácticas y del título. El pago se debe realizar en la tesorería del Ayuntamiento de Ponferrada (2ª planta)
No incluye las tasas de la Junta de Castilla y León para la expedición del título.
Para formalizar la matrícula se debe entregar en el Centro de Información Juvenil Cima la siguiente documentación:
- Ficha de inscripción cumplimentada y firmada
- Una fotografía tamaño carnet
- Fotocopia del DNI
- Fotocopia del titulo de Graduado Escolar, ESO o superior (y original para cotejar).
- Copia del justificante del pago de la matrícula.
El plazo de matriculación finaliza cuando se cubran las plazas disponibles y en todo caso tres días antes del comienzo del curso.
Las plazas se asignarán por orden de inscripción, una vez completados todos los trámites indicados.
(1) Orden FAM/1693/2004, de 26 de octubre, por el que se desarrolla el Título I, “De la formación juvenil”, del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León.
(2) No podrá evaluarse la fase teórica a aquellos alumnos que no hayan asistido, como mínimo al 90% de horas lectivas.
(3) Se ajustará a un proyecto de trabajo presentado previamente por el alumno y debe contar con la aprobación de la escuela.
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